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REGLAMENTO INTERNO Y DISCIPLINARIO DEL CLUB

 

REGLAMENTO INTERNO

De acuerdo con lo establecido en los estatutos del Club Deportivo “BANDIDOS DE TEATINOS”  y respetando cuanto se contiene en los mismos, se presenta el siguiente Reglamento de Régimen Interno, que desarrolla las normas relativas a las actividades del Club.

 

CAPÍTULO 1. De los socios

Artículo 1.  El Club Deportivo “BANDIDOS DE TEATINOS, (en adelante, el Club) tiene como objetivo principal la práctica y fomento del ciclismo todo terreno (BTT), ciclismo de montaña (MTB), ciclismo de carretera y cicloturismo.

Artículo 2. Todos los socios dispondrán de un número de socio, que les acreditará como miembros del Club.

Artículo 3. Los socios asumen el compromiso de contribuir a la buena imagen del Club, así como del resto de colaboradores y patrocinadores que sustentan el Club, y no podrán actuar de forma que generen perjuicio, económico o de otro tipo a los mismos, especialmente haciendo publicidad negativa.

Artículo 4. Cualquier artículo podrá ser modificado según los cambios que se puedan producir o por conseguir optimizar el buen funcionamiento del club, previo acuerdo de la Junta Directiva.  Cualquier cambio o modificación será notificada meridianamente a cada socio.

CAPÍTULO 2. De las actividades del club

Artículo 5. La actividad deportiva principal es el ciclismo de montaña, ciclismo todoterreno, ciclismo de carretera y cicloturismo y practicará asimismo, las modalidades deportivas como paseos en bicicleta de montaña por rutas naturales, vías, senderos y carreteras y otros relacionados con el ciclismo de montaña, a cuyo fin funcionarán las unidades correspondientes.

Artículo 6. La Junta Directiva podrá acordar la creación de nuevas unidades para la práctica de otras modalidades deportivas.

Artículo 7.  Cuando se realizan marchas, rutas, carreras OFICIALES,  la colaboración del socio en tareas de preparación y desarrollo de la marcha, tanto anteriores, como durante y posterior a la celebración de la marcha, deberá prestarse de manera inexcusable, salvo caso justificado de fuerza mayor.

Teniendo en cuenta la necesaria colaboración de todos los socios durante dicho evento, aquellos socios que queden inscritos como participantes en la marcha, deberán presentar a otra persona que les sustituya en la realización de las tareas que correspondan durante la jornada de celebración de la marcha. El socio que, reiteradamente, no muestre una actitud de participación activada en los actos o tareas del club, tras el oportuno examen por parte de la Junta Directiva, podrá ser baja en su condición de socio, con pérdida de todos sus derechos o prerrogativas.

Artículo 8. No será necesaria la confirmación de asistencia por parte de los socios para las actividades ordinarias del Club, salvo que así lo determine el responsable de la actividad, que podrá solicitar confirmación o inscripción para coordinar la actividad.

Artículo 9.  El club dispone de un seguro de Responsabilidad Civil que cubrirá las responsabilidades que un socio del Club por los daños producidos a terceros durante durante cualquier actividad organizada por el Club. Este seguro sólo cubre exclusivamente a los socios del Club.

Artículo 10. Se permitirá la asistencia a actividades del Club de aquellas personas que no siendo socios estén interesadas en formar parte del mismo, para ello deberán tener en cuenta lo establecido en el artículo 3.  Esta asistencia se deberá comunicar al responsable de la actividad y obtener la autorización del mismo, lo que será indispensable para su participación.

Artículo 11. No está permitida la realización de actividades del Club o con el nombre del Club que no hayan sido aprobadas por la Junta Directiva previamente.

Artículo 12. Los socios, sin la autorización previa de la Junta Directiva, no podrán organizar ni promover actividades de carácter colectivo dirigidas a otros socios del Club u otro tipo de entidad o empresa, usando para ello los medios del Club, cuando transcurran en competencia desleal con las actividades del Club.

CAPÍTULO 3. –De las rutas del club.

Artículo 13.  Las rutas realizadas por el club deberán ser propuestas por los socios a la Junta Directiva, y tras su aceptación serán incluidas en el Calendario de Rutas que se editaran cada temporada.  Contarán con uno o varios jueces de ruta que tendrán conocimiento adecuado del entorno en el que se van a desarrollar.  Son obligaciones del juez de ruta:

  • Preparar la ruta con antelación.
  • Conocer perfectamente el recorrido y las posibles vías de evacuación  o salida.
  • Estar presente el día de su realización.
  • Hacer cumplir las normas contenidas en este Reglamento relativas al desarrollo de las actividades del club y el reglamento de las rutas oficiales del Club publicado en la web del mismo.
  • Conducir al grupo sin que nadie se extravíe.

Artículo 14.  El Club informará del grado de dificultad física y técnica de las rutas, así como de la distancia a recorrer, y los socios deberán tener en cuenta el tipo de la ruta, eligiendo aquellas que se adecuen a su preparación previa.

Artículo 15. Los participantes en las actividades deportivas del club, socios o invitados, deberán seguir las indicaciones facilitadas por los responsables de la actividad, especialmente las recomendaciones en materia de seguridad y prudencia, exigibles en función del recorrido. Los socios participantes no podrán imponer un cambio en la ruta a seguir, salvo consentimiento del juez de ruta, ya que no perderá la responsabilidad que le corresponde en el resto de actividad.

Artículo 16. Todos los socios que participen en las rutas oficiales del Club deben colaborar para el correcto desarrollo de las mismas, siguiendo en todo momento las indicaciones del juez de ruta, y llevando un ritmo adecuado para mantener el orden del grupo.

Artículo 17.  La utilización de la equipación del Club es obligatoria en todas las actividades deportivas en las que participe el Club de forma oficial, propia o ajena, salvo aquel tipo de socio que no tenga equipación.

Artículo 18. Es obligatorio el uso del casco para participar en las rutas organizadas por el Club, sea cual sea el tipo de recorrido que se realice.  No se permitirá la participación de aquellos que no lo lleven o no lo usen adecuadamente.

Artículo 19. Además de los elementos de seguridad, cada participante deberá ocuparse de que su bicicleta  esté en perfecto orden mecánico para la ruta.  Habrá de portar un equipo básico, compuesto de agua y alimentos adecuados a la duración de la ruta, así como de los útiles mínimos necesarios para arreglar pinchazos; siendo también recomendables multiherramienta, tronchacadenas y teléfono móvil.

Artículo 20. En los tramos que discurran por vías rurales (pistas forestales, cañadas, sendas, etc.), se seguirán los caminos marcados. Se cederá el paso y se respetará al resto de usuarios de estas vías (personas y animales), y se observará el cierre de las verjas y puertas que se vayan abriendo, tras el paso del grupo.

Artículo 21. Cuando el grupo circule por vías asfaltadas, urbanas e interurbanas, se habrán de cumplir estrictamente las normas establecidas en la legislación vigente, Ley de Tráfico y Código General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre).

Artículo 22. Todos los asistentes a las rutas oficiales del Club deberán respetar la Naturaleza, evitarán deterioros en el medioambiente y no arrojarán basura.

Artículo 23.  Compromiso con los Sponsors.   El Club se compromete a ir debidamente uniformado con la equipación oficial durante el periodo que se estime oportuno, en todas las rutas oficiales según Calendario Oficial, así como excursiones y otros eventos organizados por el Club. En este periodo se producirán miles de impactos publicitarios móviles en diferentes pueblos, zonas geográficas, días, etc.

Artículo 24. Zonas Publicitarias.  Se distribuirán varias zonas publicitarias dentro del uniforme para que las empresas elijan el lugar publicitario que mejor se adapte a sus intereses y promoción,  valorando económicamente el  Club cada zona según su impacto.  La impresión publicitaria se realizará con las técnicas adecuadas a cada tejido e irá con forma, dibujo, tipo de letra, color, etc… que mejor se adapte al tamaño de cada zona y al color adyacente a la misma, combinando de esta manera con la equipación del equipo. Los precios establecidos para cada zona destinada a publicidad serán determinados por la Junta Directiva.

CAPÍTULO 4. – De las cuotas

Artículo 25. La modalidad de pago es la siguiente:

Con el fin de que el club pueda desarrollar sus actividades, tal y como se decidió en la Asamblea General, los socios estarán obligados a pagar una cuota anual, cuyo importe será de 25€ votado en Asamblea de Socios.

Los socios menores de 18 años también tendrán una cuota anual de 25€, pero durante las actividades oficiales del Club deben de estar acompañados de un adulto.

El sistema de pago sería el siguiente:

  • Se puede hacer desde la web del Club (clubciclistabandidosteatinos.com) desde el apartado Hazte Soci@.
  • También se puede hacer pago mediante transferencia o ingerso en efectivo en la cuenta bancaria del club, que está indicado en el apartado Hazte Soci@ de la web del club.

El Club dispone de una cuenta bancaria para los abonos de las cuotas. Las cuotas podrán ser abonadas de la siguiente manera:

  • Nuevos socios: En el momento de inscribirse como socio en el Club.
  • Renovación de socios: Durante el mes de enero del año vigente.

Artículo 26.  El pago de la cuota incluye seguro de responsabilidad civil para los socios en todas las actividades organizadas por este, pero no incluye seguro de accidentes, siendo este responsabilidad exclusiva del socio.

Para poder beneficiarse de las ventajas ofrecidas por el club (descuentos, regalos, comidas, desplazamientos, equipaciones, etc.) será condición indispensable:

  • Estar al corriente de pago de la cuota anual.

 

CAPÍTULO 5. – De la liga interna

El único fin de la liga interna del Club Ciclista Bandidos de Teatinos es incentivar las salidas, quedadas, marchas cicloturistas y competiciones. En esta liga sólo participaran los socios del Club.

El Club busca con esta liga motivar a los integrantes, con un sencillo juego, a participar en pruebas a lo largo de la temporada y premiarlos por ello.

Artículo 27. Sistema de puntuación:

  • 5 puntos por participar en las rutas organizadas por el club.
  • 5 puntos para el socio que proponga el coche de apoyo para las rutas de carretera oficiales del Club. Si el socio que ha propuesto el coche de apoyo también asiste a la ruta de carretera sólo sumará puntos una vez.
  • 2 puntos por participar en las rutas o carreras organizadas por otros clubes.
  • 8 puntos por colaborar (ya sea directamente ó presentando a otra persona que les sustituya en la realización de las tareas que le correspondan) en la organización de la Marcha Ciclista, organizada por nuestro club.
  • 15 puntos por asistir durante el año a todas las asambleas convocadas por el club
  • No se sumarán puntos si en la inscripción de la Marcha Ciclista organizado por el Club o en marchas organizadas por otros Clubes no se indica la pertenencia al C.C. Bandidos de Teatinos
  • Se restarán 5 puntos si el socio abandona la ruta sin causa justificada o es expulsado de la misma por comportamiento inadecuado. Si el abandono de la marcha es justificado no se restaran puntos.
  • La fecha límite para poder acumular puntos es el día de la comida ó cena de Navidad (inclusive).
  • Al final de la temporada se hará un recuento y se obtendrán los ganadores.

​Artículo 28. Premios: Los premios serán publicados por el club a los largo del año.

​Artículo 29.  Toda persona interesada en ser miembro del Club debe conocer las normas aquí recogidas, aceptándolas en el momento que formaliza su solicitud de ingreso en el club.

 

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9, punto 1 de los Estatutos que rigen el CLUB DEPORTIVO “BANDIDOS DE TEATINOS”, (en adelante, el Club), se aprueba el presente Régimen Disciplinario que establece la normativa y el procedimiento de esta naturaleza para el Club.

Artículo 1. Comité de Disciplina.

El Comité de Disciplina estará formado por la Junta Directiva y será el encargado de ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los socios del Club

Artículo 2. Faltas.

Se considerarán como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento Interno y en el resto de la legislación vigente que sea de aplicación, y se clasificarán en leves, graves y muy graves.

Artículo 3. Tendrán carácter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en el Reglamento Interno.

Artículo 4. Se considerarán como faltas graves:

  1. La reiteración, en tres ocasiones o más, de cualquier falta leve, durante un período de tres meses.
  2. Las faltas de respeto o muestras de trato denigrante sobre cualquiera de los integrantes del Club, cualquier participante o invitado.
  3. Cualquier comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades del Club, que se pueda considerar indecoroso o inadecuado para la imagen del mismo.
  4. Aquellas acciones que generen perjuicio o dañen la imagen del Club o de sus patrocinadores y colaboradores.

Artículo 5. Se considerarán como faltas muy graves:

  1. La reiteración, en dos ocasiones o más, de cualquier falta grave.
  2. Cualquier conducta lesiva o delictiva contra el patrimonio del club o la integridad física de cualquiera de sus miembros.
  3. El impago de la cuota de socio.

Artículo 6. Sanciones.- Se establecen las siguientes sanciones para cada tipo de falta:

  1. Faltas leves: la exclusión de la actividad en cuyo transcurso se cometa la infracción.
  2. Faltas graves. La expulsión temporal del club durante el periodo de tiempo que estime el Comité de Disciplina, que, en ningún caso, será superior a tres meses.
  3. Faltas muy graves: la expulsión definitiva del club. Dicha resolución deberá ser ratificada en la próxima Asamblea General del Club.

Artículo 7. Actuación del Comité de Disciplina.

La Junta Directiva, en su función de Comité de Disciplina podrá actuar: de oficio (sin mediar denuncia de parte) o por denuncia previa de afectado/s o cualquier socio/s del club.

Circunstancias.

Agravantes: Reincidencia, intencionalidad, etc.

Atenuantes: Arrepentimiento espontáneo, provocación previa, etc.

-Plazos: Reunión del Comité Disciplinario, dentro de los treinta días desde la denuncia por escrito ante dicho Comité, si existiera.

-Resolución del expediente: Dentro de los quince días desde la audiencia del Comité de Disciplina.

Recursos y Reclamaciones.

Se podrá recurrir la decisión del Comité dentro de los quince posteriores a la resolución, ante el propio Comité dirigiéndose por escrito al Presidente del mismo.

La resolución definitiva, deberá producirse dentro de los quince días posteriores al escrito de recurso.

En caso de disconformidad con la resolución, el interesado podrá solicitar la convocatoria de una Asamblea Extraordinaria, con el fin de que por la misma se nombre un Comité integrado por cinco socios, quien tras el estudio de todos los antecedentes, resuelva definitivamente el expediente.  Dicha resolución deberá dictarse en un plazo no superior a quince días contados desde el siguiente día al de su nombramiento.

 

DISPOSICIÓN FINAL.-  Para todo lo no contemplado en el presente Reglamento será de aplicación el régimen de disciplina deportiva previsto en la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha o norma que lo sustituya.

 

REGLAMENTO DE LAS RUTAS OFICIALES DEL CLUB

1. La participación en las rutas organizadas por el Club, lleva implícita la declaración del conocimiento y aceptación de las normas de este Reglamento.

2. Las rutas, son de carácter libre, no competitivas y por lo tanto, solo se trata de un reto personal para cada participante.

​3. PARTICULARIDADES DE LA RUTA. La fecha de celebración, lugar de concentración, coste de la misma (en su caso), perfil y características del recorrido y demás detalles específicos de cada ruta, se reflejarán en cualquiera de los métodos de los que dispone el Club para informar.

4.- Antes de comenzar la ruta, todo participante deberá presentarse al guía de ruta e informarle de su intención de realizar la ruta, y a partir de ese momento será considerado participante de esa ruta y está en la obligación de atenerse, en primer lugar al REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN correspondiente a la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial y en segundo lugar, y principalmente al Reglamento de Rutas Oficiales del Club Ciclista Bandidos de Teatinos. El recorrido de la ruta, no estará cerrado al tráfico, por lo tanto, TODOS los participantes están obligados a cumplir las Normas de Circulación Vial siendo ÚNICOS responsables de las infracciones que puedan cometer

5. El participante en la ruta, acepta y entiende que existe la posibilidad de sufrir un accidente deportivo inherente a la práctica del Ciclismo, además el Club no se hará responsable de ninguna sanción impuesta a los participantes de la ruta. De igual forma el Club Ciclista Bandidos de Teatinos, su Junta Directiva y/o cualquier persona física o Jurídica vinculada con la organización de la ruta queda EXENTO de toda responsabilidad por daños personales y materiales derivados de ACCIDENTES en que pudieran verse implicados los participantes de la ruta sean socios ó no del Club.

  • Igualmente exime a todos los anteriormente citados de cualquier perjuicio que, por motivos de salud, pudieran derivarse de su participación en la ruta, asumiendo el riesgo que supone para la salud del participante, el esfuerzo físico requerido por la participación en la ruta, declarando estar en estado de forma física adecuado y no padecer lesión alguna que pueda agravarse como consecuencia de su realización, aceptando todos los riesgos y situaciones que puedan derivarse.
  • También se exime a las personas y organismos anteriormente citados, de cualquier responsabilidad que, por la participación en la ruta, pudiera derivarse para el propio participante como la pérdida o deterioro de objetos personales, por robo, extravíos u otras circunstancias.

6. Sistema de puntuación exclusivo para socios:

  • 5 puntos por participar en las rutas organizadas por el club.
  • 5 puntos para el socio que proponga el coche de apoyo para las rutas de carretera oficiales del Club. Si el socio que ha propuesto el coche de apoyo también asiste a la ruta de carretera sólo sumará puntos una vez.
  • 2 puntos por participar en las rutas o carreras organizadas por otros clubes.
  • 8 puntos por colaborar (ya sea directamente ó presentando a otra persona que les sustituya en la realización de las tareas que le correspondan) en la organización de la Marcha Ciclista, organizada por nuestro club.
  • 15 puntos por asistir durante el año a todas las asambleas convocadas por el club
  • No se sumarán puntos si en la inscripción de la Marcha Ciclista organizado por el Club o en marchas organizadas por otros Clubes no se indica la pertenencia al C.C. Bandidos de Teatinos
  • Se restarán 5 puntos si el socio abandona la ruta sin causa justificada o es expulsado de la misma por comportamiento inadecuado. Si el abandono de la marcha es justificado no se restaran puntos.
  • La fecha límite para poder acumular puntos es el día de la comida ó cena de Navidad (inclusive).
  • Al final de la temporada se hará un recuento y se obtendrán los ganadores.

​7. El Club dispone de un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños que involuntariamente pudiera ocasionar un socio del Club Ciclista Bandidos de Teatinos frente a terceros. Este seguro no cubre a participantes en la ruta que no sean socios del Club.

8. El Club no dispone de seguro de accidentes por lo que no se hace responsable, en ningún caso, de los accidentes en los que pudieran ser causante o victima los ciclistas participantes de la ruta. Es responsabilidad de los participantes de la ruta la obtención de correspondiente seguro de accidentes

9. La Junta Directiva se reserva el derecho a modificar las particulares características de la ruta, si por causa justificada o de fuerza mayor fuera necesario.

10. La Junta Directiva se reserva el derecho de excluir unilateralmente de la ruta, a todo participante que no observe el comportamiento debido, incumpla las normas legales aplicables, así como este Reglamento o haga caso omiso a las indicaciones que reciba de parte del Juez de Ruta, cualquier miembro del guía de la marcha y/o Junta Directiva.

11. El uso del casco protector, será OBLIGATORIO para todos los participantes durante toda la celebración de la ruta.

12. Queda totalmente prohibido tirar botellas u otros recipientes, así como geles y glucosas o cualquier tipo de basura o desperdicios a lo largo del recorrido.

13. Todo participante en la ruta AUTORIZA a la organización de la misma para que pueda publicar en la página web oficial y el resto de redes sociales del club, las fotos y/o vídeos suyos que se hagan durante la ruta. El Club Ciclista Bandidos de Teatinos se COMPROMETE a hacer un uso responsable de esas fotos y/o videos.

14. Al ser una ruta para la promoción del ciclismo de montaña, no es obligatorio que los participantes estén en posesión de la licencia federativa de ciclismo.